Fuera de Control. Tortura y malos tratos en México

Cualquier persona detenida en México podría correr el riesgo de sufrir tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. La tortura y otros malos tratos se emplean con frecuencia como herramienta de investigación para obtener "información" y "confesiones" de los detenidos o de personas aprehendidas sólo porque estaban en el lugar equivocado en el momento equivocado.

Las palizas, amenazas de muerte, descargas eléctricas, semi-asfixia y violencia sexual a manos de las fuerzas militares y policiales son generalizadas y es frecuente que otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, agentes del ministerio público y jueces, así como comisiones de derechos humanos, hagan caso omiso de ellas o les resten importancia. El resultado es una impunidad casi total para los perpetradores.



1. INTRODUCCIÓN

"La tortura está fuera de control en México, y eso no sólo afecta a la persona que la sufre, sino a la sociedad en su conjunto".
Bárbara Italia Méndez, sobreviviente de la tortura, San Salvador Atenco (estado de México), entrevista con Amnistía Internacional, abril de 2014.

La tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes desempeñan un papel central en las actuaciones policiales y las operaciones de seguridad pública de las fuerzas militares y policiales en México. Estas prácticas son generalizadas y es habitual que otros funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, superiores, miembros del ministerio público, jueces y algunas comisiones de derechos humanos las justifiquen, las toleren o hagan caso omiso de ellas. El resultado es una impunidad casi total para los autores de los abusos y un auténtico temor entre la población a que cualquier detención pueda desembocar en torturas.

En una encuesta encargada recientemente por Amnistía Internacional sobre actitudes hacia la tortura, el 64 por ciento de las mexicanas y los mexicanos encuestados declararon tener miedo de sufrir tortura en caso de ser puestos bajo custodia.

La tortura es “todo acto realizado intencionalmente por el cual se inflijan a una persona
penas o sufrimientos físicos o mentales, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medida preventiva, como pena o con cualquier otro fin. Se entenderá también como tortura la aplicación sobre una persona de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica”. Serán culpables de tortura y otros malos tratos los funcionarios públicos que inflijan o instiguen estos actos, o cuando éstos se cometan con su consentimiento o aquiescencia. Las autoridades tienen la obligación legal de hacer que rindan cuentas estos funcionarios, así como cualquier ciudadano particular que haya infligido tortura a instigación de un funcionario público.

Hace demasiado tiempo que las autoridades políticas, judiciales y administrativas han
minimizado la importancia del uso generalizado de la tortura y otros malos tratos. Las
investigaciones gravemente defectuosas de fiscales, órganos disciplinarios y comisiones de derechos humanos, que no informan de reclamaciones bien fundadas o las desestiman, han permitido que muchas autoridades aleguen que la tortura es un problema mucho menos grave de lo que es realmente. Pese a una reciente visita del relator especial de la ONU sobre la cuestión de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, que confirmó el uso generalizado de la tortura y la necesidad de adoptar medidas, el gobierno guarda en gran medida silencio sobre la cuestión.

La ausencia de un liderazgo político claro y de una auténtica voluntad política de sucesivos gobiernos ha permitido que funcionarios e instituciones hagan caso omiso de su responsabilidad de tomar medidas contundentes cada vez que salen a la luz denuncias de tortura y otros malos tratos. En 2003 México prometió implementar una versión adaptada del Protocolo de Estambul, una norma reconocida internacionalmente para la investigación y documentación efectivas de la tortura y otros malos tratos. Sin embargo, como se demuestra en este informe, en la mayoría de los casos de presunta tortura y malos tratos, no se aplica el Dictamen Médico/Psicológico Especializado para casos de Posible Tortura y/o Maltrato (en adelante, dictamen especializado de la PGR), y en los casos en los que se realiza, suele incumplir la norma establecida en el Protocolo de Estambul.

Sin embargo, en los últimos años ha habido algunos avances. Las reformas legales de 2011 incorporaron el derecho internacional de los derechos humanos en la Constitución de México.

Por otro lado, se han cumplido, al menos en parte, las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Por ejemplo, se ha reformado el Código de Justicia Militar, y la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha dictado recientemente una sentencia que reforzaba la obligación de excluir las pruebas obtenidas bajo tortura. La recién creada Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de ámbito nacional, de ser efectiva, también podría ofrecer cierto apoyo a las víctimas a la hora de obtener un resarcimiento. La Procuraduría General de la República (PGR) ha informado también del aumento de las investigaciones sobre denuncias de tortura, aunque esto no ha desembocado aún en un aumento de enjuiciamientos o condenas.

Este informe trata de documentar la constante generalizada de tortura y otros malos tratos mediante casos ilustrativos. Pone de manifiesto las carencias institucionales que permiten la tortura y la ineficacia habitual de las investigaciones oficiales. Amnistía Internacional formula una serie de recomendaciones concretas a las autoridades mexicanas para que aborden la situación con urgencia a fin de erradicar la tortura y otros malos tratos y hacer que rindan cuentas los perpetradores, incluidos quienes, pudiendo hacerlo, no actúan para prevenir la tortura.

La campaña de Amnistía InterInternacional contra la tortura y otros malos tratos en México forma parte de "Stop Tortura", una campaña global para combatir la tortura en todo el mundo.

RESUMEN DE LAS CONCLUSIONES

• Las autoridades siguen tolerando el uso generalizado de la tortura, pese a la legislación relativamente rigurosa de México sobre la prevención y el castigo de la tortura y otros malos tratos.

• El despliegue en gran escala del ejército y de miembros de la marina en los últimos años para combatir la delincuencia organizada es un factor clave en el aumento del uso de la tortura.

• Los informes sobre tortura y otros malos tratos aumentaron a partir de 2006, a medida
que crecía vertiginosamente la violencia como consecuencia de la "guerra contra las drogas" del gobierno. Aun en el caso de que los recientes informes de la CNDH sobre su disminución sean correctos, la tortura y los malos tratos siguen siendo generalizados: en 2013 hubo un 600 por ciento más de denuncias respecto de 2003.

• El sistema de justicia no puede o no quiere prevenir la tortura, y apenas se aplican las
salvaguardias clave para hacerlo.

• Las detenciones arbitrarias y el uso de pruebas falsas suelen estar estrechamente ligados al uso de la tortura y otros malos tratos.

• Se denuncian sistemáticamente diferentes técnicas de tortura desde diferentes partes
del país. Entre ellas figuran la semi-asfixia, las palizas, la violencia sexual, las amenazas de muerte y las descargas eléctricas.

• La tortura se usa a menudo para obtener "confesiones" y testimonios que sirven de
prueba para enjuiciar a personas que podrían estar o no implicadas en un delito. Esto se traduce en juicios injustos y condenas dudosas, lo cual deja a muchas personas inocentes en prisión y a muchos delincuentes en las calles. La sociedad desconfía del sistema de justicia, y se destruye la vida de las víctimas y sus familias.

• Los mecanismos para hacer rendir cuentas a los responsables son ineficaces y no
disuaden a los perpetradores ni ofrecen una reparación a las víctimas.

• Es habitual que el ministerio público, los peritos médicos y las comisiones de derechos humanos descarten denuncias fundadas de tortura o minimicen su gravedad.

• Los exámenes médicos de los detenidos, incluidos los procedimientos oficiales para
investigar las denuncias de tortura, incumplen las normas internacionales.

• La ausencia de investigaciones independientes, imparciales y exhaustivas sobre las
denuncias de tortura imposibilitan que las víctimas demuestren que han sido torturadas.

El informe concluye con una serie de recomendaciones exhaustivas a las autoridades y a las comisiones de derechos humanos de México para prevenir y castigar efectivamente la tortura y otros malos tratos.

RECOMENDACIONES CLAVE

1. Garantizar que sólo se practican detenciones con arreglo estricto a la ley. Todas las
detenciones deberán registrarse de forma inmediata y precisa en una base de datos nacional a la que tengan acceso abogados defensores y familiares. Las denuncias de detenciones ilegítimas deberán investigarse exhaustivamente.

2. Poner fin al papel de las Fuerzas Armadas en el desempeño de funciones policiales —que incluye detenciones, investigaciones e interrogatorios— para las que carecen de
adiestramiento o de las que no rinden cuentas.

3. Abolir la detención preventiva sin cargos (arraigo), tanto en el ámbito federal como en el local.

4. Garantizar que los detenidos tienen acceso a un abogado, lo que incluye la oportunidad de acceder a un abogado o abogada particular de su elección, desde el momento de la detención.

5. Reformar los procedimientos para los exámenes médicos iniciales de los detenidos para garantizar la confidencialidad, el consentimiento, la exhaustividad y la imparcialidad. El médico o la médica que realice el examen deberá dejar constancia y fotografiar todas las señales de posible tortura y otros malos tratos. Estos informes médicos deberán ponerse de inmediato a disposición de las personas detenidas y de sus abogados.

6. Iniciar inmediatamente una investigación sin demora, independiente, imparcial y
exhaustiva de todas las denuncias de tortura y otros malos tratos, garantizando que no se basa únicamente en el examen médico del dictamen especializado de la PGR, sino que también se recaban otras pruebas, incluidas las procedentes del lugar del delito, testigos, víctimas, acusados, superiores y comisiones de derechos humanos, así como de otros casos de presunta tortura.

7. Garantizar una investigación sin demora, imparcial y proactiva y el enjuiciamiento por las autoridades judiciales civiles de los miembros de las Fuerzas Armadas implicados en violaciones de derechos humanos, garantizando en todo momento la cooperación plena y abierta de las autoridades militares.

8. Reformar la aplicación del dictamen especializado de la PGR (dictamen
médico/psicológico especializado para casos de posible tortura y/o maltrato) para que sea compatible con el Protocolo de Estambul y las recomendaciones formuladas por Amnistía Internacional. Aplicar de inmediato el Protocolo de Estambul a las presuntas víctimas y proporcionar copias del informe médico legal a las víctimas y a sus representantes legales.

9. Garantizar que expertos médicos independientes, incluidos expertos internacionales y representantes de comisiones de derechos humanos, pueden examinar lo antes posible a las y los detenidos, y que sus evaluaciones médico-legales sean consideradas como prueba por el ministerio público y los jueces.

10. Garantizar que los responsables de tortura y otros malos tratos, incluidos los
perpetradores directos y los funcionarios que no impidieron los hechos o no los denunciaron, son enjuiciados con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos.

11. Excluir las pruebas contra presuntos delincuentes cuando existan motivos razonables para creer que se han obtenido como consecuencia de violaciones de derechos humanos, como detención arbitraria, tortura y otros malos tratos. Garantizar que recae en la policía y el ministerio público la carga probatoria de demostrar que las declaraciones se han realizado sin coacción y no son resultado de otras violaciones de derechos humanos.

12. Crear un mecanismo especial de revisión judicial para que estudie individualmente todos los casos en los que haya indicios razonables de que el enjuiciamiento y/o la declaración de culpabilidad se lograron basándose en pruebas obtenidas como consecuencia de violaciones de derechos humanos como la detención ilegítima y la tortura.

13. Adoptar y aplicar leyes que refuercen el derecho exigible de las víctimas de la tortura y otros malos tratos a obtener reparación, incluso cuando no haya perpetradores individuales condenados penalmente.

14. Reformar y reforzar los procedimientos de la CNDH y las CEDH relativos a la recepción de denuncias de tortura y malos tratos a fin de que cada caso se investigue de forma inmediata y exhaustiva, con arreglo a las normas establecidas en la Convención contra la Tortura de la ONU y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Amnistía Internacional considera que sus recomendaciones al gobierno de México
proporcionan un marco de medidas efectivas para poner fin a la práctica generalizada de la tortura y otros malos tratos en el país. Aunque el gobierno ha hecho promesas generales de respetar las normas internacionales de derechos humanos, aún no ha dado pasos decisivos para cumplir estas obligaciones. Amnistía Internacional cree que, con voluntad política y determinación, el gobierno mexicano puede implementar los cambios necesarios para poner fin al uso de la tortura y otros malos tratos. Es hora de que esto se haga realidad.