Marchelo en picada

Le dicen NO a la Supervía poniente de cuota

El pasado viernes 2 de diciembre la Primera Sala del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal (TCADF) declaró la nulidad de la Resolución administrativa que autorizaba ambientalmente el proyecto conocido como “Supervía Poniente”.

El fallo se resolvió en contra de la Secretaría de Medio Ambiente del Distrito Federal, y en favor de la estrategia jurídica de las organizaciones Greenpeace, Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria” O.P.A.C. y Litiga Organización de Litigio Estratégico de Derechos Humanos (LITIGA OLE), debido a que en la Evaluación de Impacto Ambiental que presentó la empresa “Controladora Vía Rápida Poetas”, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable, en el proyecto “Supervía Poniente”, no se realizó la consulta pública, como lo obliga el artículo 50 de la Ley Ambiental del DF.

Además, el Tribunal reconoció que la consulta pública es una obligación y no una facultad discrecional de la autoridad, que debe realizarse conforme a las bases de la Ley de Participación Ciudadana y no como lo pretendió la autoridad, al considerar innecesario llevarla a cabo.

La sentencia confirma la Recomendación 1/2011, de enero pasado, emitida por la Comisión de Derechos Humanos del DF, que resolvía la obligatoriedad de la consulta pública en el “proyecto Supervía Poniente”, incluso de la suspensión del mismo por carecer de autorización necesaria.

Por otro lado, por unanimidad de votos y en un fallo histórico, los magistrados de la Sala reconocieron a Greenpeace el interés legítimo en el asunto, en concordancia de su objeto social (la protección y defensa del medio ambiente). Esto significa que la organización podía acudir a juicio “en virtud de una posible afectación a los fines que persigue en cuanto a la defensa del medio ambiente”.

María Colín, abogada de Greenpeace dijo: “Esperamos que a futuro los juzgadores adopten este criterio, a fin de que organizaciones de la sociedad civil abocadas a la defensa y protección del medio ambiente y los derechos humanos en general, podamos acudir a juicio sin que nos desechen nuestros recursos legales por este tipo de alegatos, debiendo entrar al fondo del asunto pues a fin de cuentas se plantean juicios en beneficio de la sociedad.